domingo, 29 de mayo de 2011

Tema III Mapa conceptual de los órganos de gobierno

Órganos de gobierno
Unipersonales
-          Director
-          Jefe de estudios
-          secretario
Colegiados
-          claustro de profesores
-          Consejo escolar

Órganos de coordinación
-          Tutores
-          Equipos de ciclo
-          Coordinación de ciclo
-          Comisión de coordinación pedagógica


Órganos de representación
-          Asociación de padres
-          Asociación de alumnos






Órgano de gobierno:
Unipersonales: El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros, estará integrado por el director, el jefe de estudios y el secretario.
El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a lasinstrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.
Las competencias del director son:
-         Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
-          Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.
-          Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
-         Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
-         Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
-         Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artícu­lo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.
-          Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
-          Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
-          Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
-          Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
-          Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.
-          Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa
Jefe de estudios: Es responsable de la programación, coordinación y desarrollo de las actividades académicas y formativas de los Profesores y alumnos de esta sección. Sus funciones son:
-          Dirige el equipo docente.
-          Coordina y controla las actividades docentes de orientación y complementarias en el área de su competencia, de acuerdo con la legislación y según las necesidades de los alumnos.
-          Verifica los programas y el rendimiento escolar.
-          Confecciona los horarios y planifica los períodos y sesiones de evaluación.
-          Programa y dirige las actividades de recuperación de los alumnos de su área de acción.
-          Lleva el diario de bajas y ausencias de los Profesores.
Secretario:
-          Se encarga de atender todo lo relacionado con los cobros de los honorarios del Colegio.
-          Registra oficialmente las altas y bajas de los alumnos durante el curso, así como cualquier acto académico de los mismos.
-          Diligencia los libros escolares, las actas de evaluación y demás documentos académicos del Colegio
-          Atiende la gestión económica del Colegio.
-          Efectúa los pagos al personal contratado y a otros servicios.
-          Tramita los gastos del Colegio en material de uso, conservación del inmueble o en nuevas adquisiciones.
Colegiados dentro del órgano de gobierno colegiados están el consejo escolar y el claustro de profesores.
Consejo escolar:
El Consejo Escolar es el órgano representativo de la Comunidad Educativa en los niveles concertados del Colegio, y ejerce sus funciones en el respeto a los derechos de los Padres de Alumnos, de los Profesores, de los Alumnos, del Personal de Administración y Servicios y de la Titularidad del Centro
Funciones (LODE, art. 57, y TC 85-II, 22, 27)
-          Intervenir en la designación y cese del Director Pedagógico.
-          Intervenir en la selección y despido del profesorado del Centro.
-          Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre admisión de alumnos.
-          Resolver los asuntos planteados en el Centro en materia de disciplina de los alumnos cuando, a criterio del Director Pedagógico, sean considerados de carácter grave.
-          Aprobar, a propuesta del Director General, el presupuesto del Centro en lo que se refiere a los fondos provenientes de la Administración y a las cantidades autorizadas, así como la rendición anual de cuentas.
-          Aprobar y evaluar la programación general del Centro que, con carácter anual, elaborará el Equipo Directivo.
-          Aprobar el establecimiento de percepciones complementarias de los padres de los alumnos para el desarrollo de actividades educativas no regladas, y recabar la autorización correspondiente a través del Director General (R.D. 2377/85, art. 15).
-          Aprobar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades complementarias, visitas, viajes, comedores y colonias de verano, a propuesta del Equipo Directivo (LODE, art. 51, i).
-          Aprobar los criterios sobre la participación de la escuela en actividades culturales, deportivas, recreativas, así como las reacciones de colaboración con otros Centros, a propuesta del Equipo Directivo.
-          Aprobar, a propuesta del Titular, el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
Claustro de profesores:El Claustro de Profesores, en su calidad de órgano colegiado de naturaleza académica, está integrado por todos los docentes del Centro y es el órgano de participación de los Profesores en el Colegio.

Participa activamente, a través de sus representantes, en otros órganos colegiados, en el ordenamiento, control y evaluación de las actividades del Centro, estimulando la responsabilidad, colaboración y promoción de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
Funciones:
-          Programar las actividades educativas del Centro e intervenir en la elaboración y desarrollo del Reglamento Interno del Centro y del Proyecto Educativo Anual.
-          Fijar y coordinar criterios sobre la labor de evaluación y recuperación de los alumnos.
-          Participar, a través de sus representantes, en otros órganos colegiados, en el ordenamiento, control y evaluación de la actividad del Centro.



Órganos de coordinación:
Tutores: llevar a cabo el plan de acción tutorial, coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo, orientar al alumnado en sus procesos de aprendizaje, informar a padres, madres o tutores como profesorado y alumnado lo relacionado con las actividades docentes y con el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus alumnos, fomentar la cooperación entre profesorado y padres o tutores.
Equipo de ciclo: realizar propuestas para la elaboración del proyecto curricular, organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo como analizar objetivos y proponer medidas, realizar adaptaciones curriculares, realizar propuestas de actividades complementarias y extraescolares.
Coordinador de ciclo: participar en la elaboración del proyecto curricular del nivel respectivo y levar a la Comisión de Coordinación Pedagógica las respuestas formuladas por el equipo de ciclo, coordinar junto al jefe de estudios las funciones de tutoría del alumnado de ciclo, coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto curricular.
Comisión coordinación pedagógica: analizar el contexto cultural y sociolingüístico del centro, coordinar en la elaboración de los proyectos curriculares, asegurar la coherencia entre el proyecto educativo de centro, los proyectos curriculares y la programación general anual, velar por el cumplimiento y evaluación de los proyectos curriculares, coordinar las actividades de orientación dirigidas al alumnado del centro.
Asociación de padres y alumnos
 En las escuelas de Educación infantil y en los colegios de Educación Primaria podrán existir las asociaciones de padres de alumnos reguladas en el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio.
-          Las Asociaciones de padres de alumnos podrán:
-     Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual.
-     Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que consideren oportuno.
-     Informar a los padres de su actividad.
-     Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.
-     Elaborar informes para el Consejo escolar a iniciativa propia o a petición de este.
-     Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de régimen interior.
-     Formular propuestas para la realización de actividades complementarias que, una vez aceptadas, deberán figurar en la programación general anual.
-     Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.
-     Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones.
-     Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.

-     Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del centro para el buen funcionamiento del mismo



Referencia bibliográfica:
www.gloriososancarlos.galeon.com/documentos
http://www.losagustinos.es/

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